Prisión para un tuitero que celebró los asesinatos de mujeres

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Berenguer Jordi  Moya ha sido condenado a dos años y medio de cárcel debido a sus recientes comentarios en Twitter. Entre todos los tuits había muchos tuits machistas y otros tantos a favor de atentados terroristas.  El tribunal Supremo dictó esa sentencia debido a que éste usuario cometió un delito de incitación al odio contra las mujeres a través de tuits que alegaban una proposición de doblar la cifra de las mujeres asesinadas en 2015.  Entre todos los tuits resaltan dos en especial:

"53 asesinadas por violencia de género machista en lo que va de año, pocas me parecen con la de putas que hay sueltas." y "2015 finalizará con 56 asesinadas, no es una buena marca pero se hizo lo que se pudo, a ver si en 2016 doblamos esa cifra, gracias"

En la sentencia que ha dictado el magistrado Andrés Martínez Arrieta, indica que "el discurso del odio es claro" cuando "el autor vierte las expresiones contra las mujeres que han sido objeto de una vejación y un maltrato físico". 

En 2016, desde otra cuenta publicó otros tuits del mismo estilo que los anteriores, "Marta del Castillo era feminista y se tiró al río porque las mujeres se mojan por la igualdad" o, "A mi me gusta follar contra la encimera y los fogones, porque pongo a la mujer en su sitio por parte doble", también se puede observar este otro, el cual contenía una foto de una mujer (la cual no consta como víctima de maltrato o de violencia de género) con el pie de imagen "Ya la he maltratado, tu eres la siguiente."


El tribunal ha modificado la sentencia dictada anteriormente por la Audiencia Nacional que le condenó 2 años de prisión por incitación al odio (1 año) y por enaltecimiento del terrorismo (1 año). 

En éste último delito se le absuelto dado que el Supremo estimó que sus expresiones fueron muy genéricas y que no concretaba el acto que exaltaba o de la figura que quería reivindicar. 

Aunque confirma que delinquió en cuanto a la incitación al odio a las mujeres y considera que concurrió la agravante del artículo 510.3 del Código Penal al haber sidos difundidos por internet ya que ésto da pie a que la información pueda ser accesible a un  personas. Por ello, eleva la condena por este delito de 1 año a 2 años y medio de cárcel. El acusado finalmente será sometido a 2años y medio de cárcel y a pagar 10.800 euros.

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